Videovigilancia y RGPD
Una imagen que identifique o pueda identificar a una persona constituye un dato de carácter personal que puede ser objeto de tratamiento, por lo tanto, la videovigilancia está dentro de la normativa vigente.
Una imagen que identifique o pueda identificar a una persona constituye un dato de carácter personal que puede ser objeto de tratamiento, por lo tanto, la videovigilancia está dentro de la normativa vigente.
En Mayo del 2018, entraba en vigor el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD); en diciembre del mismo año la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD GDD) que adaptaba la Ley Orgánica a la normativa europea. Estos cambios en la legislación, obligan a autónomos y empresas a realizar la adaptación de todos los tratamientos y procesos relacionados con la seguridad de los datos de clientes, proveedores y personal.